Solución a la emulsión del aceite en los condensados
Uno de los grandes problemas en las instalaciones de aire comprimido es la eliminación del aceite emulsionado en los condensados.
El aire comprimido es una de las fuentes de energía más utilizadas en la industria en general y en otros servicios como hospitales, hoteles, gasolineras, etc.
El aire comprimido está muy vinculado a nuestra vida y en general todos los gases comprimidos. En un mundo con inquietudes ecológicas y planes de calidad muy vinculados a la protección del medio ambiente, el aire comprimido también es objeto de revisión.
Hoy en día los compresores están cada vez más evolucionados y su diseño es más responsable con el medio ambiente, pero existe un contaminante camuflado que requiere de un estudio particular, el aceite de lubricación.
En general, el aceite que se usa en los compresores para la lubricación no es un problema, gracias a que un buen técnico de mantenimiento sabe cómo hacer los cambios de aceite y cómo tratar estos residuos después. Pero el aceite al que nos vamos a referir no es este. Camuflado junto al agua condensada del compresor viaja una pequeña cantidad de aceite lubricante que, de no ser eliminado llegaría a producir un grado de contaminación difícil de eliminar.
Este condensado contaminado con el aceite se produce en todas las fases del proceso de tratamiento del aire comprimido y no se puede tirar al alcantarillado, a la calle o al campo. No solo está prohibido, sino que está castigado con elevadas sanciones para el infractor.
¿Qué es una emulsión y cómo aparece la contaminación?
Para analizar la forma de resolver este problema, lo primero que hay que conocer es qué es emulsión.
Se puede definir la emulsión como la mezcla de dos líquidos que, unidos en su forma natural, son inmiscibles.
En el caso de los condensados derivados del proceso de compresión y posterior tratamiento del aire comprimido, estos dos líquidos son el agua y el aceite.
Por la forma en que se mezclan, se pueden definir dos tipos de emulsiones:
Emulsión de agua en aceite: La fase dispersa (líquido en menor proporción) es el agua y la fase dispersante o continua (fluido con mayor proporción) es el aceite.
Emulsión de aceite en agua: La fase dispersa (líquido en menor proporción) es el aceite y la fase dispersante o continua (fluido con mayor proporción) es el agua.
La emulsión que vamos a analizar es la segunda, es decir, la del aceite en el agua. En los condensados derivados del aire comprimido, la mayor proporción de la mezcla la tiene el agua, debido a que, en todo el proceso de tratamiento, se provoca la condensación de agua para secar el aire comprimido.
Cuando se trabaja con compresores exentos de aceite, el condensado que se obtiene está limpio de hidrocarburos derivados del compresor. En este caso no tendría que haber problemas con el condensado, salvo que el aire aspirado por el compresor esté muy contaminado con hidrocarburos.
El problema aparece con los compresores lubricados. En estos casos durante el proceso de compresión, una pequeña cantidad de aceite residual sale del compresor junto al aire comprimido. Al tratar ese aire provocando la condensación de la humedad que contiene, el agua que aparece durante el proceso se contamina con el aceite residual del compresor. El agua contaminada constituye el condensado que hay que tratar.
¿Cómo eliminar el aceite?
Por tanto, el fluido a tratar tiene una ventaja sustancial, está formado por dos líquidos con densidades diferentes.
En muchas plantas de aire comprimido, el condensado que hay que eliminar no está emulsionado y por lo tanto el aceite y el agua mantienen una estabilidad que permitirá separarlos con procedimientos más estandarizados.
Gracias a ello, existen una serie de equipos que separan el agua del aceite por diferencia de densidad o con la ayuda de algunos absorbentes que eliminan el aceite de una forma más eficiente.
Habitualmente, con estos sistemas algo más elementales suele ser suficiente para el proceso de limpieza del condensado, pero existe un tipo de condensado en el que el aceite viaja emulsionado con el agua, provocando que la limpieza de los sistemas tradicionales no sea lo suficientemente efectiva.
Cuando se detecta que el condensado sale muy emulsionado, es decir, tiene un aspecto blanquecino o parecido a la mayonesa y se observa que el sistema tradicional no elimina el aceite del agua que se supone limpia, hay que emplear otro sistema diferente.
Para solucionar este problema se deben usar equipos diseñados para ese trabajo en exclusiva, como el Bekosplit, fabricado por Beko Technologies.
Este tipo de equipos trabaja por etapas de limpieza. En la primera, el aceite se separa por densidad, como en los equipos tradicionales. En este punto se puede retirar una gran cantidad de este contaminante, pero no todo, por lo que es necesario una etapa posterior donde se elimina el resto del aceite por acción de productos adicionales antes de evacuar el agua limpia.
Funcionamiento del Bekosplit
Beko Technologies dispone de un equipo especialmente diseñado para limpiar los condensados emulsionados con el aceite residual de los compresores, que también funciona por etapas.
Los condensados son recogidos de la forma habitual en la instalación de aire comprimido y llevados a través de una cámara de despresurización al depósito de separación previa.
En esa cámara, el aceite tiene una separación previa flotando sobre el agua debido a la diferencia de densidad. Este aceite forma una capa superior que es recogida por un rebosadero y llevada a un recipiente para su posterior reciclado.
En esta fase se elimina una gran cantidad de aceite, pero debido al grado de emulsión en el que se encuentra, no es posible su eliminación total.
Los estados de nivel individuales se supervisan por medio de un sistema electrónico capacitivo, el cual puede diferenciar con precisión entre aire, aceite y emulsión. De este modo se asegura que ni la emulsión llega al depósito colector de aceite, ni las proporciones de aceite al proceso de separación.
El condensado que previamente se había limpiado en la primera etapa es bombeado a la cámara de reacción, donde un agente separador encapsula las partículas de aceite y de suciedad. Este agente provoca la formación de macro copos muy aptos para ser filtrados y que permiten su separación del agua.
El agua saliente se puede introducir, ya sin el aceite contaminante, en el sistema de aguas residuales y el aceite recogido en esos copos puede ser derivado para su reciclado.
Normativa
Como es lógico, a los condensados producidos por el aire comprimido se les aplica una normativa de control. Debido a sus características están incluidos dentro de la DIRECTIVA 2008/32/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO del 11 de marzo de 2008, donde se definen los sistemas de recogida, tratamiento y vertido de las aguas residuales urbanas.
Esta directiva europea ha sido transpuesta a la normativa española por el Real Decreto 60/2011.
Este Real Decreto recoge las normas de calidad ambiental de las sustancias preferentes, seleccionadas por presentar un riesgo significativo para las aguas superficiales españolas debido a su especial toxicidad, persistencia y bioacumulación o por la importancia de su presencia en el medio acuático.
Con este Real Decreto se consolidan las disposiciones contenidas en las leyes:
Real Decreto 995/2000, de 2 de junio, por el que se fijan objetivos de calidad para determinadas sustancias contaminantes.
Las secciones B y C del anexo I y anexo II del Real Decreto 258/1989, de 10 de marzo, por el que se establece la normativa general sobre vertidos de sustancias peligrosas desde tierra al mar.
Apartado 1.2.6 del anexo V de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000.
En el ANEXO III del Real Decreto 60/2011 se definen las sustancias contaminantes:
Compuestos organohalogenados y sustancias que puedan dar origen a compuestos de esta clase en el medio acuático.
Compuestos organofosforados.
Compuestos organoestánnicos.
Sustancias y preparados o productos derivados de ellos, cuyas propiedades cancerígenas, mutágenas o que puedan afectar a la tiroides, esteroidogénica, a la reproducción o a otras funciones endocrinas en el medio acuático o a través del medio acuático, estén demostradas.
Hidrocarburos persistentes y sustancias orgánicas tóxicas persistentes y bioacumulables.
Cianuros.
Metales y sus compuestos.
Arsénico y sus compuestos.
Biocidas y productos fitosanitarios.
Materias en suspensión.
Sustancias que contribuyen a la eutrofización (en particular nitratos y fosfatos).
Sustancias que ejercen una influencia desfavorable sobre el balance de oxígeno (y computables mediante parámetros tales como DBO o DQO).
Cada comunidad autónoma tiene competencia en materia de aguas, obras hidráulicas y protección del medio ambiente en el marco establecido en los artículos 149.1.23 y 149.1.24 de la Constitución por lo que las normativas anteriores quedan establecidas en el Reglamento de los servicios públicos de saneamiento de cada comunidad.
El Reglamento de los servicios públicos de saneamiento, entre otros objetivos, fija las normas para asegurar el correcto funcionamiento de los servicios públicos de saneamiento, garantizar la prevención de la contaminación, la protección, la mejora de la calidad y el saneamiento de las aguas.
En este reglamento se establecen las sustancias prohibidas y entre ellas los “aceites y grasas flotantes”, estableciéndose los límites de vertidos según la normativa europea, así como las sanciones.
ANEXO I
Sustancias prohibidas
a) Materias sólidas o viscosas en cantidades o tamaños tales que, por sí solas o por integración con otras, produzcan obstrucciones o sedimentos que impidan el correcto funcionamiento del sistema o dificulten los trabajos de su conservación o mantenimiento.
b) Disolventes o líquidos orgánicos inmiscibles en agua, así como los combustibles y los líquidos inflamables.
c) Aceites y grasas flotantes.
d) Sustancias sólidas potencialmente peligrosas.
e) Gases o vapores combustibles inflamables, explosivos, tóxicos o procedentes de motores de explosión.
El incumplimiento de la normativa y los límites de vertidos están regulados y penados según la ley española de responsabilidad medioambiental 26/2007 y responde la Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004.
Los importes de las multas aplicables son muy variados, debido a que son de aplicación por cada comunidad autónoma, pero pueden ir desde los 6.000 € hasta más de 150.000 €
Este artículo ha sido realizado con la colaboración de Beko Technologies.